Venta Ambulante en el Mercadillo Municipal
Venta Ambulante en el Mercadillo MunicipalNORMATIVA EN EXTRACTO
Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el término municipal:
El mercadillo municipal de Moralzarzal se instala todos los jueves no festivos en la Calle Vía del Berrocal, en horario de 9:00 a 15:00 horas. Dispone de espacio para más de 80 puestos ambulantes dedicados a la venta, con una amplia oferta de productos: textiles, calzado, frutas y verduras, frutos secos y variantes, bollería, menage de hogar, artículos de regalo, moda y complementos, bisutería, camisas de caballero, plantas ... .
Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes de autorización municipal será con carácter general el comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero de cada año.
Requisitos: La autorización para el ejercicio de las actividades reguladas en la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en en este término municipal, deberá ser solicitada en impreso normalizado y deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o través del Registro telemático, haciendo constar:
- Primeras solicitudes (Autorización):
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Fotografia tamaño carnet; Documentos acreditativos de la personalidad física o jurídica del solicitante; Certificados de la Hacienda Pública y de la Tesorería de la Seguridad Social –al corriente de pago de sus obligaciones-; Copias de los contratos de trabajo; Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, y justificante de pago de la misma; En el caso de venta de productos alimenticios, Carnet de Manipulador en vigor; Carnet Profesional de Comerciante ambulante expedido por la Consejería competente; Documento Declaración Censal de Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036); Certificado de Alta en el correspondiente epígrafe fiscal del I.A.E.; Autoliquidación de la Tasa aprobada para el Ejercicio correspondiente a nombre del titular de el /los puesto/s; Certificado de la Cooperativa haciendo constar la condición de socio de ésta del titular de el/los puesto/s.
- Renovaciones:
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Si no hay cambio de actividad: Documentos acreditativos de la personalidad física o jurídica del solicitante; Certificados de la Hacienda Pública y de la Tesorería de la Seguridad Social –al corriente de pago de sus obligaciones-; Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, y justificante de pago de la misma; Autoliquidación de la Tasa aprobada para el Ejercicio correspondiente a nombre del titular de el /los puesto/s.
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Si hay cambio de actividad, además de los anteriores, se deberá presentar: Documento Declaración Censal de Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036); Certificado de Alta en el correspondiente epígrafe fiscal del I.A.E.; En el caso de venta de productos alimenticios, Carnet de Manipulador en vigor.
Acreditación: De acuerdo con la Ordenanza municipal reguladora, deberán ser exhibidos por el comerciante durante el ejercicio de la actividad, en lugar perfectamente visible para el público y la autoridad, el Carnet Profesional de Vendedor Ambulante al que se refiere el artículo 31 del Decreto 17/98 de 5 de febrero y el cartón expedido por el Ayuntamiento de Moralzarzal, modelo normalizado, en el que se hará constar: Identificación del titular; Ubicación precisa del puesto con su correspondiente identificación numérica; Productos autorizados para la venta y Fotografía del titular de la actividad, en caso de ser persona jurídica del representante de ésta.
Ordenanza fiscal núm. 16 Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local
Art.º 10. Epígrafe C) Puestos ubicados en situados en mercadillo semanal