Abonado área de deporte y área de cultura
Abonado área de deporte y área de culturaEXTRACTO ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR PRESTACIONES DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES SOCIO-CULTURALES Y DE ESPARCIMIENTO
Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por prestación de servicios deportivos (B.O.C.M. núm.133 el día 3 de junio de 2020 -Pág.230)
Artículo 9.- Abonados Anuales
Tendrán la consideración de Abonados Anuales de las instalaciones quienes lo soliciten al Ayuntamiento en instancia dirigida a la Concejalía correspondiente, según modelo normalizado. La condición de abonado dará derecho a los descuentos en las tasas y como se detallará en el título de la Ordenanza, abonando la correspondiente cuota.
A efectos de verificación de los datos de la instancia, será necesaria la exhibición del Libro de familia, y comprobación de la preceptiva inclusión en el Padrón de Habitantes, en caso de que el domicilio indicado sea en esta localidad.
- El pago de la condición de Abonado Anual se realizará con carácter anual, pudiendo hacer uso de su condición durante un año desde la fecha de pago.
- Expedición de la tarjeta de Abonado Anual:
- Primera tarjeta: gratuita
- Segunda y siguientes: 3 euros
En caso de extravío, robo o cualquier otra circunstancia de la primera tarjeta de emisión, se deberá abonar lo establecido para la expedición de una nueva tarjeta.