Ocupación vía pública: Contenedores obra, materiales u otros
Ocupación vía pública: Contenedores obra, materiales u otros
ORDENANZA FISCAL Nº 16.
REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Artículo 12. Epígrafe e) Reserva de espacio de la vía pública para Contenedores de Obras, Materiales, Vallas y Andamiajes